Igualdad
Te ayudamos a diseñar medidas y optimizar recursos para garantizar el ajuste de tu organización a la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y promover el equilibrio en la relación personal y profesional entre la plantilla.
Somos consultores, formadores y coaches
¿Qué hacemos?
Intervención para garantizar un posicionamiento favorable en materia de igualdad a partir de la mejora en la gestión de recursos y el aprovechamiento del talento de las personas que componen la plantilla.
¿Para qué?
- NCumplir la obligación legal si sois más de 50 trabajadores en plantilla.
- NObtener un posicionamiento favorable en materia de igualdad, obteniendo ventajas competitivas respecto a la competencia (preferencia en la adjudicación de contratos y licitaciones).
- NOptimizar recursos, para explotar el talento.
- NOfrecer a la platilla garantías de equidad y equilibrio en la toma de decisiones respecto a aspectos tales como la evaluación del desempeño, la asignación de responsabilidades y la promoción profesional.
¿Cómo?
Plantilla
- NAcciones de Sensibilización.
- NAcciones de Formación.
- NTalleres para padres y madres.
- NSemanas de la Igualdad.
Organización
- NElaboración y diseño de Plan de Igualdad.
- NAcciones de Seguimiento y Evaluación del Plan Actual.
- NFormación y Reciclaje de Comisión de Igualdad.
- NRevisión y Actualización de nuevas acciones respecto al Plan actual.
Obligado cumplimiento
El Real Decreto establece la obligación de realizar un PLAN DE IGUALDAD en todas las empresas que superen los 50 trabajadores.
Se establece un período de adaptación:
- A partir del 8 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
- A partir del 8 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.
- A partir del 8 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de más de 50 personas en plantilla.
Para computar el número de trabajadores de una empresa debemos sumar todos los trabajadores independientemente de cuál sea su jornada laboral (temporales o indefinidos; jornada completa o parcial…)
Hay situaciones que pueden generar duda, analizamos vuestro cada caso de manera concreta.